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rehabilitacion viviendas para instalar ascensor

Instalar el ascensor cuando no lo hay: Rehabilitación

Rehabilitación: ascensor hidráulico adosado¿Qué entendemos por rehabilitación?

Obras que se realizan para la mejora de viviendas y edificios.

Rehabilitación de viviendas: adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda
• Conseguir condiciones mínimas de superficie útil, distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, gas, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico y acústico.
• Obras para ahorrar consumo energético o adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendio, saneamiento o supresión de barreras arquitectónicas.
• Ampliación del espacio habitable, según planteamiento urbanístico, hasta 120 m2 útiles.

Rehabilitación de edificios: adecuación estructural y funcional de los edificios dedicados a viviendas
• Adecuación estructural: obras que garanticen la seguridad en la estructura del edificio.
• Adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio condiciones suficientes de acceso, estanquidad frente a la lluvia y humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc.

¿Cuántos votos son necesarios para poder instalar un ascensor en una finca que carezca de él?
La LPH (Ley de Propiedad Horizontal) señala que el establecimiento del servicio de ascensor, aunque suponga la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requiere el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El acuerdo válidamente adoptado conforme a esta mayoría especial obliga a todos los propietarios.

¿Cómo pueden conseguirse las mayorías necesarias cuando a la Junta asisten muy pocos vecinos?
La Ley establece la obligación que tiene todo propietario de notificar al Secretario un domicilio de notificaciones, y de no hacerlo, serán válidas las hechas a su local o piso. Los votos de los propietarios no asistentes se considerarán favorables al acuerdo si no expresan su negativa en el plazo de treinta días desde que se les notifica la adopción de ese acuerdo. Por tanto es muy importante notificar cualquier domicilio al que nos puedan hacer llegar esas notificaciones.

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Fuente: Ministerio de Vivienda; Revista Consumer

16 comentarios

  1. ARQ. MONICA BAGGINI

    BUENAS NOCHES!..ME URGE SABER QUE TIPO DE ELECTRICIDAD CONSUME UN ASACENSOR HIDRÁULICO, TIPO DE CABLEADO SOBRE TODO, UBICACIÓN DE DICHOS CABLES…TODO LO RELACIONADO CON LA ELECTRICIDAD DE UN ASCENSOR HIDRÁULICO…MUCHAS GRACIAS Y ESPERO OBTENER ASESORAMIENTO…SALUDOS CORDIALES…ARQ. MONICA BAGGINI – TEL. ( 0351 ) 156212583

  2. Buenos días Monica,

    El ascensor hidráulico puede ser trifásico a 400 V. Para 450 kg de carga útil (6 personas) y 0,62 m/s de velocidad, con válvulas electrónicas, se necesita una potencia de 8 KW aproximadamente. La línea trifásica para esta potencia puede ser de 3 x 6 + 6 + 6 mm2 .

    ¡Esperamos haberte ayudado!
    Saludos,

  3. Hola

    Tengo la duda de que distancia mínima permiten dejar en escaleras recortadas

  4. Buenos días Carlos,

    La distancia mínima en espacios de ascensor está contemplada en las Normativas Europeas EN 81, aunque según el tipo de instalación se deberá de ver la aplicación de la misma.
    Por ello te recomendamos dirigirte a un ascensorista para que pueda analizar concretamente la cuestión que planteas.

    ¡Saludos!

  5. Desearía me informaran en una vivienda de 3 plantas a 2 vecinos por planta y cuatro lonjas que posibilidad hay de poner un ascensor ya que los primeros y las lonjas no quieren, enel segundo hay una persona con invalided absoluta por problemas respiratorios, en el tercero una persona trasplantada y otra de 70 años,que posibilidades tenemos que la ley nos ampare al estar enfermos?, Gracias

  6. Buenos días,

    Ante todo, desde GMV Eurolift S.A queremos agradecerle la iniciativa que ha tenido al ponerse en contacto con nosotros para buscar una solución a su problema,

    Hemos analizado su consulta, y como fabricantes de ascensores, no podemos ayudarle, ya que no se trata de un tema de normativa del ascensor, sino que en su caso de trata de un problema legal. Nuestro consejo es que se pongan en manos de un experto.

    Reciba un cordial saludo,

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